8.6 CONDICIONES ESPECIALES
Incoterm aplicable
ECOM debe definir en cada operación el Incoterm bajo el cual se contrata la importación, conforme los INCOTERMS® 2020 de la Cámara de Comercio Internacional (CCI). Como regla general se recomienda operar bajo términos CIF (Cost, Insurance and Freight) o DAP (Delivered at Place), de modo de transferir al proveedor los riesgos del transporte internacional hasta el punto de ingreso al país o hasta el destino final, facilitando la gestión logística de ECOM.
IMPORTANTE: La elección del Incoterm determina quién asume los costos y riesgos del transporte, el seguro y los trámites aduaneros. El Sector Legal debe revisar que el Incoterm acordado sea coherente con la capacidad operativa de ECOM y con las condiciones del proveedor antes de confirmar el pedido.
Garantía técnica de los bienes
La cotización debe incluir obligatoriamente las condiciones de garantía del fabricante. El Sector Legal verifica que la garantía sea exigible desde Argentina y que el proveedor o su representante o distribuidor local esté en condiciones de darle cumplimiento efectivo. Para equipamiento tecnológico, la garantía mínima exigible es de 12 meses desde la puesta en funcionamiento, salvo especificación distinta del área técnica.
Costo total de la importación
El costo total de la importación comprende todos los conceptos que se detallan a continuación. Administración es responsable de calcular el costo total antes de elevar la solicitud al Directorio:
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