9.3 - RECONOCIMIENTO DE GASTOS
El Reconocimiento de Gastos es el reintegro al empleado de erogaciones que éste ya realizó con fondos propios, en situaciones donde la urgencia o las circunstancias no permitieron tramitar previamente ni la Caja Chica ni el Anticipo. Es el instrumento de mayor excepcionalidad de los tres: supone que el empleado tomó una decisión de gasto sin autorización previa. No aplica modalidad de tarjeta corporativa ni precargable, dado que en este caso el gasto ya fue realizado por el empleado con medios propios.
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